Certificado o volante de empadronamiento

INFORMACIÓN IMPORTANTE 

Puedes obtener un volante o certificado de empadronamiento, a través de los siguientes canales:

-Correo electrónico: poblacion@ayto-villacanada.es

-Teléfono: 91 811 73 00

-De forma presencial bajo cita previa, llamando al 91 811 73 00 o enviando un correo a poblacion@ayto-villacanada.es

Si dispones de un certificado de firma digital, puedes obtenerlo directamente a través del Portal de la E-Administración.

Certificado

Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual. Suele solicitarse cuando se requiere para trámites ante:

Juzgados y Tribunales

Autoridades extranjeras

Registro Civil (nacionalidad, cambios de nombre)

Reconocimiento situación de dependencia

Otros trámites que lo exigen expresamente.

Volante

Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y domicilio habitual. Se solicita para los siguientes trámites entre otros:

Expedición del DNI

Tarjeta sanitaria

Servicios Sociales

Matriculación de vehículos

Otros trámites que no exijan certificado expresamente.

Documentación a presentar

Original del documento que acredite la identidad.

Solicitudes formuladas por persona distinta del titular

Autorización del interesado debidamente firmada adjuntando fotocopia del documento de identidad del autorizante y documento de identidad original del autorizado.

Certificados o volantes colectivos

Para la expedición de certificaciones y volantes comprensivos de la totalidad de las personas inscritas en un mismo domicilio, los Ayuntamientos deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de lo previsto en la normativa de Protección de datos, en lo relativo a disponer del consentimiento de los interesados para la cesión de los datos padronales. En caso de no disponer de dicho consentimiento, únicamente podrá hacerse constar en el certificado o en el volante el número de personas inscritas.

Certificados o volantes de menores no emancipados:

Los certificados y volantes de empadronamiento de los menores no emancipados deberán ser solicitados por sus padres o representantes legales con los que figure empadronado, o personas autorizadas por estos.

En el caso de menores no emancipados de padres separados o divorciados, en virtud de lo establecido en el artículo 156 del Código Civil, el progenitor no custodio que acredite mediante la oportuna resolución judicial  que ejerce la patria potestad compartida de sus hijos podrá acceder a la información padronal de los mismos, previa audiencia al progenitor que ostente la guarda y custodia para que pueda realizar las alegaciones que estimo oportunas, con el fin de preservar el secreto de la residencia en situaciones sensibles.

Certificados o volantes de establecimientos colectivos

Podrán expedirse únicamente con carácter individual.

Certificados o volantes de personas fallecidas

El certificado de una persona fallecida puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo: descendientes, cónyuge ascendiente o personas autorizadas por éstos, que deberá presentar junto a la solicitud alguno de estos documentos para acreditar su interés:

Libro de Familia (cónyuge, hijo, padre o madre)

Certificado de Matrimonio (cónyuge)

Certificado literal de Nacimiento (Hijo, padre o madre)

Testamento y o Certificado de Últimas Voluntades (herederos testamentarios)

Certificados o volantes que incluyen información anterior a 1 de mayo de 1996.

En este caso será necesario consultar el Archivo General y la solicitud deberá realizarse por escrito acompañada del documento de identidad del solicitante. El plazo mínimo para su expedición será de 7 días laborables.

Certificados o volantes de personas que actualmente no están empadronadas, pero lo han estado con anterioridad.

Debe solicitarlo el interesado y sólo podrán expedirse certificados o volantes individuales.

Forma de tramitación

Presencial: En la Casa Consistorial  (Plaza de España, 1) en el horario de atención al público y solicitándolo, previamente, a través del canal de Cita Previa.

Telemática: Si dispone de certificado digital o DNI electrónico puede solicitar su certificado o volante de empadronamiento desde la página web del Ayuntamiento www.ayto-villacanada.es

Plazo de tramitación

Presencial:

Volantes de empadronamiento: inmediato

Certificados de empadronamiento: 2 días hábiles.

Telemática:

Volantes de empadronamiento: inmediato

Certificados de empadronamiento: inmediato